El Código Nacional Electoral prohíbe hasta la finalización del acto electoral todo tipo de declaración de propaganda política de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales, como la difusión de encuestas y sondeos preelectorales.

Además, impide realizar cualquier tipo de espectáculo masivo durante el día de los comicios, mientras que la venta de bebidas alcohólicas estará prohibida desde las 20 horas del sábado hasta tres horas después de finalizada la elección.


Horarios permitidos según la Ley n.º 19945 del Código Electoral Nacional:

  • Boliches, locales nocturnos, salones de eventos y confiterías (con y sin espectáculos en vivo) NO podrán realizar actividades el 13 de agosto.

  • Salas de juego. A partir de las 20 horas del sábado 12 está prohibido el expendio de bebidas alcohólicas hasta las 21 horas del domingo 13.

  • Kioscos, supermercados, almacenes, despensas y locales que tengan bebidas alcohólicas pueden comercializarlas hasta el sábado 12 y retomar las ventas a partir del domingo a las 21 horas.

  • Heladerías y cafeterías. Sábado 12 deberán cerrar a partir de la media noche, mientras que el domingo podrán abrir desde las 9 de la mañana, sin aglomeración de personas en el lugar hasta las 21 horas.



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