La Defensora del Pueblo de la Provincia, Nadina Díaz, solicitó a la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro, que informe cuales son los fundamentos en los que el organismo provincial se basó para determinar que el correo electrónico de un contribuyente, sea requisito obligatorio para acceder a bonificaciones en determinados impuestos.

La titular del organismo de control requirió  la semana pasada a Rentas precisiones acerca del programa "Yo Contribuyente Digital",  que establece la obligatoriedad  de declarar el mail en los impuestos automotor e inmobiliario para mantener bonificaciones.

La Agencia señaló en su respuesta  aspectos vinculados al espíritu de la campaña como la reducción gradual de impresión de boletas, la efectividad de las notificaciones efectuadas por correo electrónico y su consecuente reducción de la gestión judicial, entre otros argumentos.

No obstante la Defensora consideró necesario conocer los fundamentos que llevó a  establecer  la obligatoriedad del correo electrónico ya que este medio, a la luz de la normativa vigente, no es considerado un requisito legal como lo puede ser la declaración del domicilio real del contribuyente.

Nadina Díaz consideró que nadie está obligado a declarar algo que ninguna ley lo exige, tal como este caso  un medio alternativo de comunicación y, menos aún, que este se convierta en un requisito indispensable para acceder a un beneficio.