COMUNICADO DE PRENSA
COLEGIO DE PROFESIONALES DE SERVICIO SOCIAL Y/O TRABAJO SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO (Julio de 2015)
A TODOS LOS LEGISLADORES PROVINCIALES
El colegio de Profesionales Provincial y sus asociados, solicitamos el apoyo y
acompañamiento al ANTE-PROYECTO DE LEY DE TRABAJO SOCIAL DE LA
PROVINCIA RIO NEGRO, elaborado y debatido por el conjunto de profesionales de
Con la propuesta de esta nueva ley pretendemos la jerarquización del Trabajo
Social como profesión, por su relevancia social y su contribución a la vigencia, defensa y
reivindicación de los Derechos Humanos, la construcción de la ciudadanía y la
democratización de las relaciones sociales. Particularmente solicitamos:
• Integrarnos y unificarnos a la visión del ejercicio profesional de la recientemente
aprobada ley Federal de Trabajo Social a nivel nacional Nº 27.072.
• Jerarquizar la formación académica con carreras no menores a los cinco años de
duración, dictadas en universidades públicas o privadas con la aprobación del Ministerio
• La aprobación de la conformación de un Tribunal de Disciplina y un Código de Ética,
• Considerar que el gobierno de la Matricula Profesional esté a cargo del Colegio de
Profesionales, para poder velar por nuestros principios y ejercicio profesional. Mas,
teniendo en cuenta que es la única provincia de nuestro país que no tiene el gobierno de la
matricula de los Trabajadores Sociales.
La provincia de Río Negro, cuenta con una basta trayectoria en la formación y
capacitación de profesionales del Trabajo Social. La Universidad Nacional del Comahue,
sigue siendo el principal ámbito institucional donde durante muchos años, han ejercido
renombrados profesores y docentes. Es por ello, que en las actuales circunstancias sociales,
económicas, políticas e institucionales, nuestra intervención profesional es considerada
como fundamental para abordar la compleja realidad social. Una consolidada formación
académica, la permanente capacitación y un crítico análisis del ejercicio profesional nos
permitiría obtener las metas propuestas.
Ante eso, es que solicitamos su tratamiento y aprobación en la Legislatura de la Provincia
PUNTOS PRINCIPALES DEL
ANTE PROYECTO DE LEY PROVINCIAL DE TRABAJO SOCIAL
- Derogar Ley Nº 2667 (del año 1993), atento a la legislación vigente a nivel Nacional: Ley
- Reconocimiento del Colegio de Profesionales de Trabajo Social de Rio Negro (creado en
el año 1967), como institución que regule el Ejercicio Profesional y Administración de la
- Descripción de lo que se considera: Ejercicio Profesional de Trabajo Social.
- Que todos los profesionales tengan remuneración por Titulo de Grado.
- La profesión de Trabajo Social se desarrollara con la obtención previa de la matricula y
con titulo de grado de Licenciatura en Servicio Social o Licenciatura en Trabajo Social.
cuyos planes de estudio sean de cinco (5) años de duración.
- Que los organismos e Instituciones públicas provinciales, nacionales e internacionales y
las regidas por el derecho privado no podrán contratar personas físicas para realizar tareas
propias de la actividad profesional del Trabajo Social, que no cumplan con las condiciones
establecidas en la presente ley.
- Incumbencias profesionales, establecidas en la ley Federal 27072, incorporando aquellas
que se relacionan con la idiosincrasia de nuestra provincia.
Derechos de los Profesionales:
- Pleno ejercicio de las incumbencias profesionales.
- Respeto del Código de Ética.
- Negarse a certificar acciones, contrarios a su formación u opinión profesional.
- Disponer con libertad de elegir los instrumentos metodológicos y conceptuales que cada
profesional considere pertinente.
- Que la entidad empleadora tenga la obligatoriedad de autorizar licencia especial para
acceder a capacitación, actualización profesional, jornadas, asambleas del colectivo
- Que el profesional tenga un periodo de recuperación cuando el ejercicio de la profesional
implique procesos que lo afecten física y/o mental (14 días).
Obligaciones de los Profesionales
- Matricularse en el Colegio de Profesionales de Río Negro.
- Desempeñar la profesión teniendo como principios rectores los Derechos Humanos.
- Respetar las pautas culturales de la población atendida.
- Respetar el Secreto Profesional.
- Ejercer la profesión en conformidad con el Código de Ética
- Matriculación Obligatoria en el Colegio Provincial. Solo con matricula se puede
considerar ejercicio licito de la profesión.
- Abonar monto anual por la matricula.
Colegio Profesional: funciones y atribuciones
- Ejercer el gobierno de la matricula.
- Velar por la protección del ejercicio profesional y llevar a cabo el contralor del
- Dictar el Código de Ética y reglamento de procedimientos.
- Defender los Derechos de los matriculados.
- Fijar monto anual de la matricula por Asamblea General Ordinaria.
- Propiciar la colegiación de los matriculados.
Son autoridades del Colegio Profesional de Trabajo Social:
- Junta Directiva de las Delegaciones
- Comisión Revisora de cuentas
De los Profesionales colegiados:
- Los matriculados tendrán la posibilidad de colegiarse y ser socio activo del Colegio
Profesional, teniendo Deberes y Derechos como Colegiado.
Tribunal de Disciplina:
- Constituir el Tribunal de Disciplina, compuesto por tres (3) miembros titulares y tres (3)
- Serán elegidos simultáneamente con la elección de Comisión Directiva del Colegio
- Comisión Directiva y Tribunal de Disciplina funcionaran en la misma Sede.
Disposiciones Transitorias:
- El Colegio Profesional tendrá la misión de garantizar la elaboración del Código de Ética
de los Profesionales de Trabajo Social, con su procedimiento administrativo, dentro de los
- Que el Estado Provincial se comprometa a llevar adelante un ciclo de licenciatura en
Trabajo Social, gratuita, para técnicos en Trabajo Social, junto a la Facultad de Derecho y
Ciencias Sociales, Unidad Académica Nacional que dicta la carrera de grado de
Licenciatura en Servicio Social. NOTA PUBLICADAS POR AMPMFM.COM.AR PRODUCCIÓN 0294 480-0999 EN EL AIRE DE FM PARAISO 42 LUNES A VIERNES 7 A 9.30 HS / 17-19 HS AMPMELBOLSON@GMAIL.COM


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