VISTO el informe de "Alerta por Condiciones de Peligro de incendios en el pais" producido por el Servicio Nacional de Manejo del Fuego, y CONSIDERANDO: Que, en este Parque Nacional el Índice de Peligrosidad de Incendios registra el valor de EXTREMO en forma constante desde hace diez días. También es de destacar que personal del plan de manejo del fuego desde el día jueves combate un incendio en cercanías de la escuela del Turbio.

Que esta zona está afectada por un patrón particularmente critico que generaría dificultades de control en caso de ocurrir incendios.
Que, se registra una alta afluencia de visitantes con topes históricos cercanos a los 90.000 personas en lo que va del corriente mes.
 Que, se han registrado incendios forestales en la zona, algunos de ellos todavía en proceso, que marcan una clara resistencia al control.
Que, en consecuencia corresponde extremar las medidas preventivas a fin de reducir la probabilidad de ocurrencia de focos de incendios.
Que, la presente se dicta en el ejercicio de las acciones previstas por el Decreto N° 1375/96 Y de conformidad a las atribuciones conferidas por Resolución N° 197/12 del Honorable Nacionales. Directorio de la Admininistraciòn.
 SE PROHIBE EL USO DEL FUEGO EN JURISDICCION DEL PARQUE NACIONAL LAGO PUELO HASTA TANTO SE REDUZCA EL INDICE DE PELIGROSIDAD DE INCENDIOS.

 
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