VISTO el informe de "Alerta por Condiciones de
Peligro de incendios en el pais" producido por el Servicio
Nacional de Manejo del Fuego, y
CONSIDERANDO:
Que, en este Parque Nacional el Índice de
Peligrosidad de Incendios registra el valor de EXTREMO en
forma constante desde hace diez días. También es de destacar que
personal del plan de manejo del fuego desde el día jueves combate un
incendio en cercanías de la escuela del Turbio.
Que
esta zona está afectada por un patrón
particularmente critico que generaría
dificultades de control en caso de ocurrir incendios.
Que, se registra una alta afluencia de visitantes
con topes históricos cercanos a los 90.000 personas en lo que
va del corriente mes.
Que, se han registrado incendios forestales en la
zona, algunos de ellos todavía en proceso, que marcan una
clara resistencia al control.
Que, en consecuencia corresponde extremar las
medidas preventivas a fin de reducir la probabilidad de
ocurrencia de focos de incendios.
Que, la presente se dicta en el ejercicio de las
acciones previstas por el Decreto N° 1375/96 Y de conformidad
a las atribuciones conferidas por Resolución N° 197/12 del
Honorable
Nacionales.
Directorio de la Admininistraciòn.
SE PROHIBE EL
USO DEL FUEGO EN JURISDICCION DEL PARQUE NACIONAL LAGO PUELO HASTA TANTO
SE REDUZCA EL INDICE DE PELIGROSIDAD DE INCENDIOS.
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