El INADI interviene por campa�a discriminatoria en El Bols�n
La delegaci�n rionegrina del Instituto Nacional contra la Discriminaci�n, la Xenofobia y el Racismo (INADI) interviene por la campa�a discriminatoria desarrollada en El Bols�n para que comerciantes y hoteleros nieguen atenci�n y alojamiento a turistas de origen israel�.
Esta situaci�n gener� la present aci�n de una denuncia en el INADI por parte de la Comunidad Jud�a de Bariloche que tiempo atr�s detect� carteles en El Bols�n, firmados por un supuesto Comit� Comarcal de Solidaridad con Palestina, convocando a rechazar el turismo israel�.
Los carteles encabezados con la frase �Ac� no los queremos� hacen referencia al conflicto entre Israel y Palestina y llaman a boicotear las vacaciones en la Patagonia de los j�venes israel�es que visitan la regi�n.
A partir de tomar conocimiento de los hechos el delegado rionegrino del INADI, Julio Accavallo, solicit� a la Municipalidad de El Bols�n y al Ministerio de Turismo de la provin cia que se disponga el retiro de los carteles y se analice la aplicaci�n de sanciones a los establecimientos adheridos para que de manera inmediata se deje sin efecto la campa�a; entendiendo que estas acciones encuadrar�an en la promoci�n de pr�cticas xenof�bicas y discriminatorias hacia los ciudadanos israel�es.
En la nota enviada a el Intendente de El Bols�n, Ricardo Garc�a, y a la Ministra de Turismo, Mariana Giachino, el delegado del INADI cit� la Ley 23.592 que en su art�culo 1� establece:"Quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de alg�n modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garant�as fundamentales reconocidos en la Constituci�n Nacional, ser� obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realizaci�n y a re parar el da�o moral y material ocasionados. A los efectos del presente art�culo se considerar�n particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religi�n, nacionalidad, ideolog�a, opini�n pol�tica o gremial, sexo, posici�n econ�mica, condici�n social o caracteres f�sicos".
Asimismo hizo menci�n de la Ley 26.370 que en el articulo 4� determina el derecho de admisi�n y permanencia: �Es el derecho en virtud del cual, la persona titular del establecimiento y/o evento, se reserva la atribuci� n de admitir o excluir a terceros de dichos lugares, siempre que la exclusi�n se fundamente en condiciones objetivas de admisi�n y permanencia, que no deben ser contrarias a los derechos reconocidos en la Constituci�n Nacional ni suponer un trato discriminatorio o arbitrario para las personas, as� como tampoco colocarlas en situaciones de inferioridad o indefensi�n con respecto a otros concurrentes o espectadores o agraviarlos�.
A su vez la delegaci�n Rio Negro del INADI repudi� la aparici�n en Bariloche de pintadas con leyendas agresivas hacia el pueblo israel� y de billetes de dos pesos que fueron sellados con la leyenda �Fuera Jud�os de la Patagonia�.
�Es preocupante que aparezcan este tipo de hechos an�nimos que intentan generar un clima persecutorio hacia las personas que profesan la religi�n jud�a o son de nacionalidad israel�, por eso instamos a toda la sociedad a estar atentos y condenar las acciones de los que pretenden sembrar el odio� afirm� Accavallo.
El INADI interviene por campaña discriminatoria en El Bolsón
La delegación rionegrina del Instituto Nacional contra la Discriminación,
la Xenofobia y el Racismo (INADI) interviene por la campaña
discriminatoria desarrollada en El Bolsón para que comerciantes y
hoteleros nieguen atención y alojamiento a turistas de origen israelí.
Esta situación generó la presentación de una denuncia en el INADI por
parte de la Comunidad Judía de Bariloche que tiempo atrás detectó carteles
en El Bolsón, firmados por un supuesto Comité Comarcal de Solidaridad con
Palestina, convocando a rechazar el turismo israelí.
Los carteles encabezados con la frase "Acá no los queremos" hacen
referencia al conflicto entre Israel y Palestina y, llaman a boicotear las
vacaciones en la Patagonia de los jóvenes israelíes que visitan la región.
A partir de tomar conocimiento respecto a estos hechos, el delegado
rionegrino del INADI, Julio Accavallo, solicitó a la Municipalidad de El
Bolsón y al Ministerio de Turismo de la provincia que se disponga el
retiro de los carteles y se analice la aplicación de sanciones a los
establecimientos adheridos para que de manera inmediata se deje sin efecto
la campaña; entendiendo que estas acciones encuadrarían en la promoción de
prácticas xenofóbicas y discriminatorias hacia los ciudadanos israelíes.
En la nota enviada a el Intendente de El Bolsón, Ricardo García, y a la
Ministra de Turismo, Mariana Giachino, el delegado del INADI citó la Ley
23.592 que en su artículo primero establece:"Quien arbitrariamente impida,
obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre
bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos
en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a
dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a
reparar el daño moral y material ocasionados. A los efectos del presente
artículo se considerarán particularmente los actos u omisiones
discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión,
nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición
económica, condición social o caracteres físicos".
Asimismo hizo mención de la Ley 26.370 que en el articulo cuarto determina
el derecho de admisión y permanencia: "Es el derecho en virtud del cual,
la persona titular del establecimiento y/o evento, se reserva la
atribución de admitir o excluir a terceros de dichos lugares, siempre que
la exclusión se fundamente en condiciones objetivas de admisión y
permanencia, que no deben ser contrarias a los derechos reconocidos en la
Constitución Nacional ni suponer un trato discriminatorio o arbitrario
para las personas, así como tampoco colocarlas en situaciones de
inferioridad o indefensión con respecto a otros concurrentes o
espectadores o agraviarlos".
A su vez, la delegación Río Negro del INADI repudió la aparición en
Bariloche de pintadas con leyendas agresivas hacia el pueblo israelí y de
billetes de dos pesos que fueron sellados con la leyenda "Fuera Judíos de
la Patagonia".
"Es preocupante que aparezcan este tipo de hechos anónimos que intentan
generar un clima persecutorio hacia las personas que profesan la religión
judía o son de nacionalidad israelí, por eso instamos a toda la sociedad a
estar atentos y condenar las acciones de los que pretenden sembrar el
odio" afirmó Accavallo.
La delegación rionegrina del Instituto Nacional contra la Discriminación,
la Xenofobia y el Racismo (INADI) interviene por la campaña
discriminatoria desarrollada en El Bolsón para que comerciantes y
hoteleros nieguen atención y alojamiento a turistas de origen israelí.
Esta situación generó la presentación de una denuncia en el INADI por
parte de la Comunidad Judía de Bariloche que tiempo atrás detectó carteles
en El Bolsón, firmados por un supuesto Comité Comarcal de Solidaridad con
Palestina, convocando a rechazar el turismo israelí.
Los carteles encabezados con la frase "Acá no los queremos" hacen
referencia al conflicto entre Israel y Palestina y, llaman a boicotear las
vacaciones en la Patagonia de los jóvenes israelíes que visitan la región.
A partir de tomar conocimiento respecto a estos hechos, el delegado
rionegrino del INADI, Julio Accavallo, solicitó a la Municipalidad de El
Bolsón y al Ministerio de Turismo de la provincia que se disponga el
retiro de los carteles y se analice la aplicación de sanciones a los
establecimientos adheridos para que de manera inmediata se deje sin efecto
la campaña; entendiendo que estas acciones encuadrarían en la promoción de
prácticas xenofóbicas y discriminatorias hacia los ciudadanos israelíes.
En la nota enviada a el Intendente de El Bolsón, Ricardo García, y a la
Ministra de Turismo, Mariana Giachino, el delegado del INADI citó la Ley
23.592 que en su artículo primero establece:"Quien arbitrariamente impida,
obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre
bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos
en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a
dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a
reparar el daño moral y material ocasionados. A los efectos del presente
artículo se considerarán particularmente los actos u omisiones
discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión,
nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición
económica, condición social o caracteres físicos".
Asimismo hizo mención de la Ley 26.370 que en el articulo cuarto determina
el derecho de admisión y permanencia: "Es el derecho en virtud del cual,
la persona titular del establecimiento y/o evento, se reserva la
atribución de admitir o excluir a terceros de dichos lugares, siempre que
la exclusión se fundamente en condiciones objetivas de admisión y
permanencia, que no deben ser contrarias a los derechos reconocidos en la
Constitución Nacional ni suponer un trato discriminatorio o arbitrario
para las personas, así como tampoco colocarlas en situaciones de
inferioridad o indefensión con respecto a otros concurrentes o
espectadores o agraviarlos".
A su vez, la delegación Río Negro del INADI repudió la aparición en
Bariloche de pintadas con leyendas agresivas hacia el pueblo israelí y de
billetes de dos pesos que fueron sellados con la leyenda "Fuera Judíos de
la Patagonia".
"Es preocupante que aparezcan este tipo de hechos anónimos que intentan
generar un clima persecutorio hacia las personas que profesan la religión
judía o son de nacionalidad israelí, por eso instamos a toda la sociedad a
estar atentos y condenar las acciones de los que pretenden sembrar el
odio" afirmó Accavallo.
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