SECUESTRO DEL RENAULT TWINGO DEL ING. ALBERTO DOTTI.
LA INSPECTORÍA DE TRANSITO SE LO RETUVO DESDE EL 7 DE JULIO Y NO PUEDE RETIRARLO. LE INICIA DEMANDA AL INTENDENTE.


TEXTO EXCLUSIVO DE LA CARTA DOCUMENTO

El Bolsón, 11 de julio de 2014

Sr. Intendente Municipal
Municipalidad de El Bolsón



En mi carácter de propietario del vehículo Renault Twingo, Nº de dominio CAI 408, secuestrado en el puesto de control de tránsito de la Ruta Nacional 40 norte el día 7 de julio de 2014, mediante un procedimiento irregular y abusivo del derecho que no se ajusta a lo que establece el Art. 72 inc. c) de la Ley Nacional 24.449, intimo a Ud. para que proceda a la inmediata devolución del bien sin perjuicio de iniciar acciones legales que estime necesarias para salvaguardar mis derechos patrimoniales afectados.
Fundamento dicho reclamo en lo siguiente:
1. Transitar con el registro vencido constituye una falta leve de acuerdo al Art. 13 inc. b) de la Ley Provincial Nº 2942 que adhiere a la Ley Nacional Nª 24.449. Corresponde retener la licencia pero no el vehículo y tiene que ser liberado bajo la conducción de otra persona habilitada. Le solicite a la inspectora llamar a una persona autorizada por mi y habilitada para que conduzca el vehículo a lo cual se negó rotundamente.

2. El seguro actualizado a la fecha si bien es también una falta no es que no tenía nada sino que llevaba el comprobante vencido al mes de mayo de este año. Le explique que estaba vigente, que tengo debito automático bancario de la cuota mensual pero había olvidado pasar por la Compañía de Seguros a retirar los comprobantes actualizados y que podía ir a buscarlos y presentárselos. También se negaron rotundamente y procedieron a secuestrarme el vehículo cuando el procedimiento correcto es facilitar que se repare la falta y luego liberar el vehículo.

3. El día 8/7/2014 a las 13.30 hs, es decir antes de que se cumpla el plazo de 24 hs me presente en la oficina de tránsito con toda la documentación en regla y el descargo correspondiente para retirar el vehículo y me dijeron que hasta el día 10/07 /2014 no me podían atender porque el personal ya se había retirado siendo que es deber de la autoridades de acuerdo al Art. 70 inc. b) pto. 4 de Ley Nº 24.449 atender todos los días durante ocho (8) horas por lo menos, razón por la cual habiendo presentado la documentación pertinente ante el Juzgado de Faltas, mi vehículo se encuentra aún tirado hace cinco días a la intemperie en el terreno de la Municipalidad afectado por las severas heladas que se están registrando con el riesgo de que se rompa el motor y sin poder disponer del mismo.

Queda Ud. debidamente notificado









Alberto Dotti

DNI: 13.524.122





Powered by 123ContactForm | Report abuse