PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Tema: Reserva Loma del Medio _ Rio Azul

VISTO:
La Carta Orgánica Municipal, titulo V y Art. 101; la nota 756 ingresada el día 08/11/11 y sobre la usurpación de la Reserva “Rio Azul Lago Escondido y las versiones  periodísticas, sobre otras”, Y; 

CONSIDERANDO:
Que, en la nota de referencia los vecinos firmantes manifiestan su preocupación y disconformidad a las usurpaciones de de tierras del dominio publico declarado “Reserva Forestal Loma del Medio –Rio Azul” desde hace mas de 50 años; 
Que, estas tierras dependen patrimonial y administrativamente del Campo Forestal General San Martín, INTA Bariloche. La institución lo preserva de daños, porque además de ser patrimonio del Estado Nacional, existe una política de protección de Bosque Nativo Ley Nº 26.331.
Que, en la nota los vecinos señalan que al delito de usurpación que lo continúan otros varios hechos que contravienen normativas de la reservas, como talas y desmontes de todo tipo especies nativas protegidas;
Que, manifiestan que ante los hechos,  el descontrol y el desmanejo del área “Loma del Medio – Rio Azul” pone en grave peligro a urbanizaciones lindantes de los barrios Los Hornos, Loma del Medio y Usina, atentando con las quemas diarias, riesgos ciertos de incendios en esta sensible sector protegido de El Bolson.
Que, existe preocupación de muchos vecinos por algunas versiones periodísticas que señalan que se estaría gestando nuevas usurpaciones, como es el caso de la Loma del Medio tanto en la zona superior al Barrio Usina, como en la parte norte de cementerio local; Asimismo algunos puntos de Mallín Ahogado y corriendo riesgo otras superficies...
Que, se nos insta a todas las autoridades a buscar solución a la problemática de necesidades básicas insatisfechas, expresando su rechazo a que dichas necesidades no se deben solucionar cometiendo delito de usurpación y degradación de nuestro medio ambiente…//


…//
Que, la Carta Orgánica de El Bolsón, en su articulo Artículo 178º: El Municipio de El Bolsón establece las siguientes Reservas Forestales, con destino a la protección del medio ambiente, recreativas y paisajísticas, las masas boscosas de la “Loma del Medio” y sus áreas anexas, el “Bosque Comunal El Guadal” y el “Cipresal de las Guaytecas”…
 Que. La COM, establece taxativamente que son áreas no urbanizables”..., por lo que la administración nacional INTA que se encuentra con su resguardo, debe contar también con todo el respaldo institucional del Municipio de El Bolsón en las acciones para el cuidado y preservación de un bien que pertenece a toda la comunidad.

POR ELLO:

Y en uso de las facultades que le son propias;
EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

R E S U E L V E


Artículo 1°: ACOMPAÑAR las acciones de las autoridades del INTA, delegación local y Zonal en lo institucional, político y legal que consideren pertinente.

Artículo 2°: SOLICITAR urgente presencia en la localidad, al titular del  Juzgado Federal, Dr. Leonidas Moldes, ante esta grave situación denunciada.

Artículo 3°: SOLICITAR  Informe escrito sobre las intervenciones en el sector, de la GN Esc. 35 E.B. y del responsable de la Federación local y zonal de Tierra y Vivienda  FTV.-.    
 
Articulo 4°: REQUERIR a la Fiscalía Local, a la Gendarmería Nacional, Policía Provincial, adoptar medidas preventivas ante las denuncias de posibles nuevas usurpaciones en el ejido municipal, especialmente en áreas de reservas y de dominio público del Estado.-

Artículo 5°:    DE FORMA.-


Raúl García.        
Firmantes coautores: Concejal Cecilia GORI, Teresa Hube y Paola Sanna.-

Ordenanza Aprobada: Votada por Unanimidad