La controversia por el acceso público al lago Escondido podría encaminarse a su fin en los estrados judiciales, luego de que se conociera la decisión del máximo tribunal provincial sobre el incidente de ejecución de sentencia iniciado por la legisladora Magdalena Odarda, de la Coalición Cívica-ARI.
En un fallo que podría considerarse salomónico, el Superior Tribunal de Justicia falló en contra de la recusación del juez Víctor Sodero Nievas -que había solicitado la empresa Hidden Lake SA-. Pero, por otra parte, ratificó que considera "agotado" el tema sobre el sendero de montaña, citando que según la inspección ocular realizada el 18 de marzo de este año sobre esa servidumbre de paso y los informes de la Fiscalía de Estado y del Codema "el acceso en sí mismo al lago Escondido se encuentra debidamente garantizado por la Provincia de Río Negro".
En la resolución del STJ, fechada el pasado martes, el juez Alberto Balladini y los subrogantes Roberto Maturana y Francisco Cerdera recordaron que en la causa -un mandamus iniciado por Odarda contra Vial Rionegrina SE en 2005- se dictó sentencia rechazando esa acción en setiembre de aquel año, pero se ordenó a los organismos pertinentes que inscribieran el sendero de montaña como servidumbre de paso.
Luego, en noviembre de 2006, Odarda inició otra acción, esta vez de ejecución de aquella sentencia, pidiendo que se incluyera en el Presupuesto 2007 la partida necesaria para ampliar y mejorar el sendero.
Esa acción mereció sentencia en julio de 2009, cuando el STJ consideró "agotado" su objeto y fijó un plazo de 120 días para terminar con la señalización y medidas de seguridad.
Fue la empresa la que luego interpuso un recurso extraordinario federal que le fue rechazado, y también la queja que intentó, recusando también a Víctor Sodero Nievas por considerarlo incurso en prejuzgamiento.
Ahora, el STJ consideró que no existe razón para apartar de la causa a Sodero Nievas porque se trata de un caso en que ya se pronunció y del que sólo resta ejecutar la sentencia. Pero dejó clara su opinión respecto de que la Provincia garantiza el acceso público al lago Escondido a través del sendero de montaña y la servidumbre de paso oportunamente constituida, lo que implica en la práctica -aun sin nombrarlo- desechar la idea de hacer público el camino de Tacuifi como había impulsado Sodero Nievas.
Los jueces del STJ señalan que "de las constancias documentales y constatación del sendero de montaña, mediante inspección ocular realizada en conexión con la servidumbre de paso concedida y registrada, no obran acreditaciones que afecten el acceso al lago Escondido", y reproducen luego las citas coincidentes de Fiscalía de Estado y el Codema.
Al hacerlo, deja a salvo la responsabilidad de la Administración afirmando que se acreditó el cumplimiento de la sentencia del 29 de julio de 2009, con la realización del mantenimiento del sendero de montaña, sin mencionar cualquier otro camino.
Nuestra Redes