El Concejo Deliberante de San Martín de los Andes sancionó la
ordenanza mediante la cual establece para todos los establecimientos
comerciales, industriales, recreativos, culturales y educativos la
obligación de cesar en sus actividades comerciales a partir de las 18
hs, los días 24 y 31 de diciembre del 2010.
La manda legal indica que se exceptúa de la misma a los
establecimientos que presten servicios esenciales y de salud, así como
los que ejerzan actividades turísticas, gastronómicas y afines y los
comercios atendidos por sus dueños.
La iniciativa corresponde a la Concejal Curi que con motivo de las
fiestas de Fin de Año propuso un proyecto de ordenanza que regule la
actividad comercial los días 24 y 31 de diciembre, estableciendo el
horario de cierre de la mayoría de los comercios de nuestra localidad.
La presentación se fundamenta en el hecho la situación de los
empleados del sector privado no cuenta con legislación que dictamine
al respecto, puesto que en el régimen de fondo no hay previsión alguna
al respecto del horario laboral para los trabajadores en relación de
dependencia.
Y que ante este vacío legal es posible observar los días 24 y 31
diciembre la extensión de la jornada laboral, en aquellos comercios
donde se venden productos que pueden ser objeto de presentes para las
fiestas de fin de año.
Por lo que muchos de estos trabajadores no cuentan con el tiempo
suficiente para los preparativos de tan especiales momentos como los
son las festividades de fin de año, o bien para llegar cómodamente,
previendo todo tipo de contratiempos, al lugar de encuentro en donde
se lleve a cabo la reunión familiar.
De este modo se contribuye a que todos los habitantes de San Martín de
los Andes puedan tener la posibilidad de compartir las fiestas con sus
seres queridos, preservando no sólo el espacio de descanso y
esparcimiento, sino también el tiempo para que se reúna la familia en
torno a estas festividades.
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